TC decide es violatorio Indotel autorice “escuchar” conversaciones telefónicas sin la orden de un juez

El Tribunal Constitucional (TC) declaró como una acción violatoria a la Constitución de la República, el hecho de que el Instituto Dominicano de Telecomunicaciones (INDOTEL) autorice a los organismos de seguridad “escuchar” las llamadas telefónicas de cualquier ciudadano sin la autorización de un juez.
En su sentencia TC/0200/13, el TC establece que la resolución 086-11 emanada por el Indotel "violenta el derecho a la intimidad, en su vertiente de derecho al secreto y privacidad de la comunicación”.
El TC estimó que los accionantes, los periodistas Namphi A. Rodríguez, José Rafael Molina Morillo, la Fundación Prensa y Derecho y el Centro para la Libertad de Expresión de la República Dominicana, "demostraron tener un interés legítimo y jurídicamente protegido, en vista de que los efectos de la ejecución de las disposiciones contenidas en la Resolución 086-11 pudieran afectar el manejo de datos relacionados al tráfico y conexión de las comunicaciones de dichos ciudadanos, por lo cual podrían resultar perjudicados con dicha resolución".
El organismo colegiado dictaminó que la referida resolución también viola el principio de reglamentación e interpretación de los derechos fundamentales, así como los principios de razonabilidad, del debido proceso y del principio de legalidad penal, contenidos en la Carta Sustantiva.
La sentencia, dictada el pasado día 7 del mes corriente y dada a conocer por el TC este martes, fue aprobada con once votos a favor y un voto disidente, informa el mismo TC en un comunicado de prensa.
