Los vehículos carga no podrán circular de jueves a domingo resurrección

El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), anunció al país la prohibición de circulación de vehículos de transporte de carga en todo el territorio nacional, desde el jueves santos, 29 de marzo; a partir de las 12:00 del día hasta el domingo de resurrección, primero de abril, a las 12:00 de la noche.

 

El comunicado indica que “los interesados en obtener permisos de circulación en esas fechas, deberán solicitarlos desde este lunes 5 hasta el lunes 26 de marzo, siguiendo las instrucciones colocadas en la página web www.intrant.gob.do, o de manera personal, en la Dirección de Transporte de Carga de esa entidad, ubicada en la avenida Tiradentes esquina Héctor Homero Hernández, Santo Domingo, Distrito Nacional, de lunes a viernes, en horario de 8:00 de la mañana a 5:00 de la tarde.

 

Dichos permisos, que también podrán ser pagados en el citado portal web, sólo serán otorgados a camiones de no más de una cola que acarreen combustibles, agua, leche, cerdos, pollos o alimentos perecederos en corto tiempo.

 

Asimismo, el Intrant informó que quedan exceptuados de dicha prohibición, los vehículos tipo camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de servicios de emergencia, de agua, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento vial y de higiene urbana.

 

La institución recordó que la velocidad de circulación establecida para los vehículos de carga es de 80 kilómetros por hora, viajando siempre por el carril del extremo derecho, en todas las carreteras del país, en cumplimiento de la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

 

El Instituto rector y regulador del transporte terrestre del país, trabaja para la implementación del Plan Nacional de Seguridad Vial, y tiene como meta reducir en un 30 % las víctimas de la siniestralidad al año 2020.

 

Sección: Noticias
Publicada: March 6, 2018
Fuente: ensegundos.do
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