Tribunal rechaza acción de Iglesia contra Profamilia
La jueza de la Quinta Sala Civil y Comercial del Distrito Nacional consideró que la campaña de educación y orientación sexual desarrollada por Profamilia no viola derechos fundamentales. La espera concluyó a las 6:30 p.m. cuando la magistrada Eunice Minaya entró a la sala de audiencia para dar su veredicto con relación a la acción de amparo interpuesta por la Pastoral Familia y Vida y la Pastoral de la Salud, de la Arquidiócesis de Santo Domingo de la Iglesia Católica contra la campaña de la Asociación Dominicana Pro-Bienestar de la Familia (Profamilia).
“La campaña no llega a conculcar derechos fundamentales sino que circunda en los límites de una campaña ineficaz que, mal asimilada por los jóvenes, podría resultar contraproducente a los fines y propósitos aparentemente altruista que persigue Profamilia“, precisó la magistrada.
La jueza también entiende que es más cónsono con el derecho que los accionantes (la iglesia) emprendan una campaña que edifique desde otro punto de vista a los jóvenes. “Es más aconsejable incentivar el conocimiento y la práctica de una responsabilidad que conlleva la actividad sexual, que callar la tendencia a la conducta sexual desordenada, promiscua y a destiempo que hoy vive la sociedad dominicana, sin embargo dicha orientación debe ir acorde con su desarrollo intelectual e integral“, estableció. La jueza Minaya alegó que “La libertad de expresión constituye un terreno delicado por donde transita el subjetivismo de cada quien, y sería peligroso aventurarse a prohibir esa manifestaciones que, aunque odiosas, se originan en posiciones ideológicas encontradas“.
Iglesia irá hasta el Constitucional
Con una lectura impecable, la secretaria del tribunal informó que la lectura íntegra de la sentencia se haría el lunes 27 de mayo a las 9:00 a.m. Al conocer el veredicto se escucharon los aplausos de los representantes de Profamilia, quienes no ocultaron su alegría, mientras que los adeptos de la iglesia arremetieron contra la decisión. “Iremos al Tribunal Constitucional“, indicó el padre Manuel Ruiz, tras señalar que los argumentos de la jueza no se corresponden con la realidad y que solo llegarán a un acuerdo con Profamilia cuando ellos se dediquen a defender la vida, ya que solo venden anticonceptivos. “Profamilia está en contra de la familia, ellos no tienen que vulnerar la libertad de mi hogar que es lo que están haciendo”, gritó Josefina Peña, al salir del salón de audiencia. Por su lado, Fausto Rosario, presidente de la junta directiva de Profamilia, saludó la decisión y no descartó realizar otra campaña.
Los abogados de la iglesia, Carmen Martínez, Edwin Grandel y Jorge López alegaron violación a varios derechos fundamentales, entre ellos la vida, y pidieron al tribunal ordenar que se retire de los medios de comunicación toda la publicidad de la campaña.
De su lado, los abogados de Profamilia, Laura Acosta, Nassef Perdomo y Cristóbal Rodríguez sostuvieron con sus pruebas que la curiosidad sexual se despierta por los niños de manera natural y que no puede evitarse mediante la supresión de información. Dijeron que la inserción de menores en la campaña contó con la aprobación de sus tutores legales y que la accionante pretenden una censura en violación a la libertad de expresión. En el tribunal se presentaron los videos de la campaña, así como otros elementos de prueba, entre ellos el siquiatra Rafael García.
Jueza detalló cada mensaje de la campaña
“Tienes derecho a disfrutar de relaciones sexuales independientemente de tu estado civil, sin miedo a embarazo o infecciones de transmisión sexual“. Aunque este mensaje parece de mal gusto para la magistrada, la cual entiende que se trató el tema con negligencia, la misma precisa en su sentencia que el texto no incita a resistirse a la orientación de los padres y que se manifiesta el derecho a la expresión del accionado, “aunque mal ejercido, si se quiere”. En el caso de los spots “Mami, papi y tú lo hacen”, tus hijos tienen derecho (...) y “el acoso es una forma de violencia, no te calles denúnciala”, la jueza entiende que “la intención de estos dos anuncios es advertir a los padres sobre el hecho, cada vez más frecuente, de que los niños desarrollan su curiosidad y, en consecuencia, que estén prevenidos de preguntas embarazosas. También, los spots buscan incentivar las denuncias del acoso. “Mantener un embarazo producto de una violación o incesto o cuando la vida de la mujer está en peligro es una violación al derecho a una vida digna”, sobre este anuncio, la magistrada entendió que solo se limita a invocar un derecho y no incentiva un crimen.